¿CÓMO VENDER UNA VIVIENDA HEREDADA?

Recibir un piso en herencia se puede convertir en un proceso largo y difícil. A la carga sentimental y a la dificultad de aceptar la pérdida, se incluye el recibir en herencia inmuebles que en ocasiones generan muchas dudas sobre cómo venderlo y qué gastos derivados existen.

En Concha Pinazo Inmobiliaria conocemos de primera mano todo el proceso necesario para poder vender una vivienda heredada. Te recomendamos que te pongas en manos de profesionales del sector para que no haya sorpresas desagradables por el camino.

¿QUÉ PASOS DEBO SEGUIR?

 A modo de resumen, estos son los pasos necesarios que se deben seguir para poder poner en venta un piso heredado:

  1. OBTENER LOS DOCUMENTOS NECESARIOS
  2. ACEPTAR LA HERENCIA ANTE NOTARIO
  3. PAGAR LOS IMPUESTOS CORRESPONDIENTES
  4. INSCRIBIR EL PISO EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
  5. PONER EL PISO YA EN VENTA
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Veamos punto por punto.

DOCUMENTOS NECESARIOS

Aceptar la herencia es el punto fundamental para poder vender el piso. Para ello debemos recopilar el certificado de defunción, así como el certificado de últimas voluntades y la copia autorizada del testamento.

El certificado de defunción debe solicitarse en el Registro Civil donde haya fallecido la persona en cuestión. Es gratuito y puede demorarse su entrega hasta quince días.

El Certificado de últimas voluntades es un documento que acredita si el fallecido ha dejado testamento y ante qué notario. Para solicitarlo se debe acudir a la gerencia territorial del Ministerio de Justicia y abonar la cantidad de 3,82 € (estos precios pueden sufrir modificaciones). Es importante tener en cuenta que debe solicitarse pasados 15 días desde el fallecimiento y que tardan 10 días en entregarlo.

En caso de que exista testamento, debe solicitarse en el notario reflejado en el Certificado de últimas voluntades una copia del testamento. Se solicitarán los documentos mencionados anteriormente. A saber, certificado de defunción y de últimas voluntades. El precio del documento dependerá de la longitud del mismo. El notario nos indicará la tarifa y el plazo estimado de entrega que no suele superar los 10 días.

ACEPTAR LA HERENCIA

Tras recopilar los documentos necesarios debemos acudir a un notario para aceptar la herencia. Si existe testamento y solo hay un heredero será suficiente con redactar un documento de aceptación de herencia con la firma legitimada por un notario.

En el caso de que haya más de un heredero, se deberá firmar la escritura de partición. Es decir, el reparto de todos los bienes presentes en el testamento. La firma de los herederos también debe ser ratificada por un notario.

Si no existe testamento, será el notario el encargado de establecer quiénes son los herederos según la ley. Tendremos que presentar documentos que prueben el parentesco. También se deberá realizar un acto de declaración de herederos y realizar la escritura de partición que comentábamos anteriormente.

PAGO DE IMPUESTOS

Debemos abonar el impuesto de sucesiones y donaciones y el impuesto de plusvalía municipal para poder poner en venta la vivienda. El primero debe abonarse en la delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma del fallecido y debemos hacerlo dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento. El importe varía dependiendo de la Comunidad Autónoma.

En cuanto a la plusvalía municipal, este impuesto grava el aumento del valor del piso desde el momento que no compró la persona fallecida hasta el momento en el que se recibe la herencia. También debe pagarse en los seis meses posteriores al fallecimiento y su valor dependerá del porcentaje estipulado por el ayuntamiento, así como el valor catastral de la vivienda, el coeficiente de aumento, la fecha de defunción y los años que mantuvo el difunto el piso en propiedad.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

El paso previo a poner en venta nuestra vivienda será inscribir el piso en el Registro de la Propiedad. Debemos presentar ante el Registro el certificado de defunción, copia del DNI del fallecido, certificado de últimas voluntades, la escritura de aceptación de la herencia, el acta de declaración de herederos (si no hubiese testamento) y los recibos que justifiquen que se han abonado los impuestos que mencionábamos anteriormente.

Con todo ello, el Registro inscribirá la vivienda con los nuevos titulares en un plazo de 15 días. El importe de este registro es variable, pero no suele superar el 1% del valor de la vivienda.

PONER LA VIVIENDA EN VENTA

Llegamos al punto final. Una vez que la vivienda ya está registrada podemos poner en venta nuestra vivienda. Desde Concha Pinazo Inmobiliaria, recomendamos realizar este paso con profesionales del sector. Es un paso muy importante en todo el proceso y requiere de expertos que no hagan más difícil el camino de vender una vivienda heredada.

El papel de la inmobiliaria es fundamental en las viviendas heredadas, puesto que juega un rol de mediador entre varios herederos en caso de conflicto (por ejemplo, con el valor que dar al inmueble). Además, facilita las gestiones si los herederos no viven en el mismo lugar donde se encuentra la vivienda o si directamente ningún heredero quiere realizar los trámites.

En Concha Pinazo Inmobiliaria encontrarás un equipo serio, cercano y profesional liderado por Concha Pinazo, experta inmobiliaria en Paterna. En este blog, puedes conocer más sobre Concha Pinazo y su experiencia previa.

Contacta con nosotros en info@conchapinazo.com y te informaremos sin compromiso sobre nuestro método de venta E.K.A.

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