PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA PLUSVALÍA MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

En los últimos días muchas han sido las informaciones en torno a la plusvalía municipal, un impuesto que grava cualquier operación de compraventa. Esto es así porque el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales y nulos los artículos 107.1.2.a y 107.4 del texto refundido de La Ley de Haciendas Locales. Por tanto, el Tribunal Constitucional declara nulo el Impuesto de Plusvalía Municipal.

Todavía no se conoce el texto oficial, pero desde Concha Pinazo Inmobiliaria queremos acercaros respuestas a algunas de las preguntas más frecuentas en torno a la Plusvalía Municipal que esperamos resuelvan vuestras dudas. ¡Veamos!

¿QUÉ ES LA PLUSVALÍA MUNICIPAL?

La plusvalía es un impuesto que grava las ganancias generadas cuando vendemos o heredamos un inmueble. Se trata de un impuesto municipal y cada consistorio aplica un tipo diferente. La ley estima que se genera un incremento de valor en el momento en el que el inmueble se vende, hereda o dona.

¿QUIÉN PAGA ESTE IMPUESTO?

La plusvalía municipal la abona el propietario y vendedor de la vivienda cuando vende el inmueble. Mencionábamos que también se aplica en herencias y donaciones. En el caso de las herencias serán los propios herederos quiénes paguen la plusvalía. Mientras que si hablamos de una donación, será los beneficiarios de la misma los encargados de asumir este impuesto municipal.

¿QUÉ DICE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?

Como comentábamos, todavía no se dispone del texto completo, pero de momento se anula la opción de que los ayuntamientos continúen recaudando este impuesto. Esto afectará a los ayuntamientos, pues la plusvalía municipal supone una gran fuente de ingresos.  Además, en principio se devolverá a aquellos propietarios que los impugnaron y que estaban pendientes de una resolución. Es decir, no se devolverá para aquellos vendedores que ya tuviesen una sentencia firme o aquellos que no tuviesen presentado el recurso antes de la fecha del fallo.

¿POR QUÉ ES INCONSTITUCIONAL?

Según el texto adelantado, el Tribunal Constitucional lo declara inconstitucional porque no siempre existe ese aumento de valor al que hace referencia la ley.

¿PUEDO RECUPERAR LO QUE YA HE PAGADO?

En principio no se podrán recuperar los impuestos de plusvalía ya abonados. Como decíamos podrán recuperarlo aquellos que lo impugnaron antes del fallo y estaban pendientes de resolución.

¿DESAPARECERÁ EL IMPUESTO DE PLUSVALÍA?

El impuesto de plusvalía no desaparecerá. Las autoridades han indicado que se reformulará el impuesto para garantizar su constitucionalidad.

En Concha Pinazo Inmobiliaria contamos con un equipo técnico que ayudará a propietarios venderos a resolver todas las cuestiones sobre los gastos derivados de la venta. Síguenos en nuestras redes sociales para estar atento a todas las novedades del sector inmobiliario en Paterna.

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